¿Qué significa ser un aforado?

Noticias Cuatro 29/08/2014 16:02

Un aforado es una persona que, por el hecho de ejercer un cargo público o por su profesión, goza del derecho, en caso de ser imputado por un delito, de ser juzgado por un tribunal distinto al que correspondería a un ciudadano normal.

La razón alegada normalmente es evitar las presiones políticas a las que puede verse sometido un tribunal ordinario cuando juzga a un cargo público de responsabilidad. Se entiende que un tribunal superior es más independiente ante estas presiones.

En la actualidad este derecho lo tienen reconocido el presidente del Gobierno y los ministros, que serán juzgados por el Tribunal Supremo; los presidentes autonómicos y los consejeros de los ejecutivos de la Comunidades Autónomas.

En el ámbito político también son aforados los presidentes del Congreso y del Senado, los diputados y senadores, los presidentes de los parlamentos autonómicos y sus parlamentarios. Asimismo, tienen condición de aforados el presidente y consejeros del Tribunal de Cuentas, el presidente y consejeros del Consejo de Estado y el Defensor del Pueblo.

En el ámbito judicial son aforados altos cargos como el presidente del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y los vocales del Consejo General del Poder Judicial, que responderán, en caso de delito, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, así como todos los jueces, magistrados y fiscales, cuyos procesos penales corresponden a los Tribunales Superiores de Justicia.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen una condición especial de aforamiento, que implica que deben ser juzgados por las Audiencias Provinciales en el caso de delitos cometidos en el ejercicio de su cargo.

La Constitución reconoce el aforo tanto a los miembros del Gobierno como de los diputados y senadores, mientras que la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge este derecho para los miembros del ámbito judicial como el presidente del Tribunal Supremo y los distintos Estatutos de Autonomía para los cargos de las comunidades autónomas.