Absuelven a dos acusados de hacer pintadas a favor de ETA porque uno de ellos es zurdo y los que escribieron, diestros

EUROPA PRESS 11/05/2017 14:39

La fiscal del caso pedía un año de prisión para Aitor Martínez Ibarrola y Beñat Ereño Naranjo por un delito de enaltecimiento del terrorismo, pero la Sala considera que no se ha acreditado fuera de toda duda que fueran ellos los autores de las pintadas.

Los hechos ocurrieron dos días después del arresto de Irastorza, a principios del pasado mes de noviembre, cuando apareció una pintada de color rojo sobre el muro exterior del Matadero Municipal de Llodio en el que se leía la frase 'Konponbidea bide erkundea' ('El control de la solución lo tienen las instituciones'), acompañada de un anagrama de ETA en color negro, con el hacha entrelazada por una serpiente, y pidiendo la libertad del dirigente etarra.

Dos días después, en los muros de hormigón del paso subterráneo situado junto a la estación de Renfe de la misma localidad, volvieron a aparecer pintadas de apoyo a Irastorza. 'Komponbidea bide erankundea ipar!', 'Mikel eta besteak askatu' y 'Herria surekin' son las frases que escribieron y al lado de la última se leía la palabra ETA "encerrada en dos círculos concéntricos", según el escrito de acusación de la Fiscalía.

El tribunal tiene en cuenta en su sentencia que los dos acusados negaron en el juicio ser los autores de las pintadas y aseguraron estar "en contra" de ETA y no compartir ni su actividad ni sus postulados.

DISTINTA FISONOMÍA, COMPLEXIÓN Y ALTURA

Además, la Sala destaca que en las imágenes que fueron grabadas de dos jóvenes realizando las pintadas en el paso subterráneo junto a la estación de Renfe se aprecia que los acusados tienen "distinta fisonomía, complexión y altura".

La prueba pericial sobre la escritura de uno de los acusados también sirve al tribunal para absolverles, ya que se ha podido constatar que uno de ellos es zurdo, mientras que los que se aprecian en las imágenes son diestros.

Asimismo, "algunas de las letras de aquellas pintadas y las que son objeto de enjuiciamiento tampoco parecen responder a la misma mano", explica la sentencia.

Por tanto, el tribunal considera que no existe prueba suficiente de cargo, de modo que dicta sentencia de absolución tanto para Aitor Martínez Ibarrola como para Beñat Ereño Naranjo.