La Eurocámara da luz verde al fin del roaming a partir de junio de 2017

Noticias Cuatro/agencias 27/10/2015 17:40

A partir del 15 de junio de 2017 se eliminará los recargos de itinerancia o roaming para voz, datos y los mensajes de texto SMS, aunque desde el 30 de abril de 2016, se reducirán enormemente ya los recargos.

El máximo recargo que los operadores podrán aplicar será de 5 céntimos por minuto para las llamadas frente a los 19 céntimos actuales, 2 céntimos para los SMS en lugar de los seis actuales y 5 en lugar de 20 céntimos por megabyte de datos, mientras que el límite para las llamadas recibidas se fijará este año, aunque ya se anticipa un coste considerablemente inferior que en el caso de las llamadas salientes.

Las nuevas normas de telecomunicaciones prevén excepciones para evitar abusos. Así, si los operadores pueden demostrar que no son capaces de recuperar los costes y que afecta a sus precios en el mercado nacional, las autoridades de competencia nacionales, en el caso español la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), podrá autorizar la imposición de cargos mínimos en circunstancias excepcionales.

La Eurocámara también ha incluido garantías para que sean los reguladores nacionales los que tendrán la potestad para modificar o rechazar estos sobrecargos.

También se prevé excepciones para proteger a la industria frente a los abusos como "la itinerancia permanente", es decir para impedir usos distintos de los viajes periódicos.

En aplicación de la "política de uso justo" o "uso razonable", los operadores podrán aplicar pequeñas tasas, inferior a los limites actualmente vigentes, en algunas circunstancias. La Comisión Europea y los reguladores todavía tienen que acordar el desarrollo preciso de esta cláusula.

Con todo, el recargo por 'roaming' que vayan más allá de un uso justo "no podrá ser más alto que la tarifa máxima mayorista que los operadores pagan por utilizar las redes de otros países de la UE", según fuentes comunitarias. La Comisión Europea definirá antes del 15 de diciembre de 2016 "el límite" para un uso justo".

NEUTRALIDAD, PERO TRATO ESPECIAL PARA SERVICIOS ESPECIALES

La Eurocámara también ha aprobado las nuevas normas europeas ya acordadas con los Estados miembro para garantizar la neutralidad de la red, obligando a las compañías que ofrecen acceso a Internet a tratar todo el tráfico de manera equitativa.

Esto significa que no podrán bloquear o ralentizar deliberadamente la descarga o subida de contenidos, las aplicaciones o servicios de operadores o receptores concretos, excepto en caso de orden judicial, para cumplir la ley, evitar la congestión de la red o combatir ataques cibernéticos.

Estas medidas de gestión de tráfico deberán ser transparentes, no discriminatorias, proporcionadas y limitadas en el tiempo, en caso de ser necesarias.

La normativa también prevé que las empresas puedan ofrecer condiciones especiales como una calidad de interés mejorada para algunos servicios siempre que no repercuta en la calidad general.

El comisario de Agenda Digital, Günther Oettinger, ha admitido por su parte estar "muy contento" por la aprobación de las nuevas normas tras "arduas negociaciones" y ha saludado que a partir de junio de 2017 el roaming "habrá pasado a la historia" tras criticar que en la actualidad no reflejan "los costes reales".

También ha subrayado la importancia de garantizar por ley que "no debe haber discriminación y el libre acceso para todos" en la red, al tiempo que ha defendido el "trato especial" contemplado para "los servicios de interés público" como los servicios de emergencias o de movilidad. "Cuando resulte necesario pueden ofrecer una conexión incluso mejor", ha explicado.

El comisario ha lamentado que no se haya logrado incluir en el paquete la propuesta de su antecesora, Neelie Kroes, para avanzar en la "armonización del espectro" porque la licitación todavía se otorgan a nivel nacional y los Estados miembro "no han estado dispuestos" a avanzar en este terreno, aunque ha confiado en que "se incluya" el año que viene cuando se revise la normativa, sobre todo de cara a aprovechar el potencial de las redes 5G.

Por último, las nuevas normas contemplan compensaciones en caso de incumplimiento de la velocidad de transmisión contratada. Los proveedores de Internet tendrán que informar a los clientes de manera clara antes de que se firme el contrato -tanto de Internet fijo como móvil_de la velocidad de carga real y descarga que recibirán y, en caso de discrepancia significativa, el usuario tendrá el derecho de poner fin al contrato o recibir una compensación. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) será la responsable en España de verificar si la diferencia supone un incumplimiento del contrato.