El Gobierno aprueba modificaciones de la normativa para la aplicación de la PAC en España

EUROPA PRESS 10/11/2017 14:55

Se actualizan así cuatro Reales Decretos sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y la ganadería, y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural; la asignación de derechos de régimen de pago básico de la PAC; el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas y las normas de la condicionalidad de la política agrícola común, para la campaña 2018.

Así, se realizan, principalmente, cambios relativos al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, al cultivo de cáñamo y a la información trasmitida por los Estados miembros a la Comisión Europea.

Asimismo, se introducen diversos ajustes técnicos que mejoran la aplicación y eficacia en la gestión de los pagos directos, incluida la condicionalidad aplicada a los mismos, de acuerdo con la experiencia adquirida a nivel nacional y europeo.

De esta forma, se clarifican las condiciones del ejercicio de la actividad agraria y el régimen simplificado de ayudas para pequeños agricultores, y se realiza una adaptación de los trámites administrativos en lo que tiene que ver con la admisibilidad de parcelas y la elección de derechos de pago a activar en el régimen de pago básico.

Se introducen, además, disposiciones que facilitan la incorporación de jóvenes agricultores a la actividad agraria y se simplifican las transferencias de derechos de pago básico para casos de expropiación forzosa o concentración parcelaria, al tiempo que da respuestas a situaciones específicas relacionadas con la gestión de la reserva nacional de derechos de pago.

NUEVAS DISPOSICIONES

Entre las modificaciones que se han introducido destaca el refuerzo del control de la actividad agraria que, como mínimo, se debe realizar anualmente en todas las parcelas de la explotación por las cuales se solicita ayuda. Se consideran nuevas situaciones de riesgo y se incide en el control de creación de condiciones artificiales al respecto, en las solicitudes de asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional.

También se unifica la fecha de cumplimiento de varios requisitos, relacionados con la solicitud única, al 31 de mayo: disponibilidad de las parcelas, comunicación de cesiones y renuncia al régimen de pequeños agricultores. El periodo de presentación de la solicitud única, al igual que en años anteriores, se mantiene del 1 de febrero al 30 de abril.

Por otra parte se clarifica el concepto de participación en el régimen de pequeños agricultores, así como la retirada de derechos a favor de la reserva nacional, incluido el caso de agricultores que no alcanzan el importe mínimo para poder recibir pagos directos.

En lo que respecta al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, se incorpora la prohibición del uso de productos fitosanitarios en aquellas Superficies de Interés Ecológico (SIE), que son o puedan ser productivas, y que en el caso de España son los barbechos y los Cultivos Fijadores de Nitrógeno (CFN), cuando computen como SIE, conforme a lo establecido por la nueva normativa europea.

Además se promueve la colaboración entre los Organismos Pagadores y los Organismos de Certificación, en lo que respecta al intercambio de información relativa a los planes de control y se refuerza la responsabilidad de las comunidades autónomas respecto al cumplimiento de los límites máximos presupuestarios.

El Ministerio de Agricultura ha resaltado que todos estos aspectos serán de aplicación ya en la campaña 2018, buscando simplificar la gestión a los agricultores, mejorar el compromiso de la PAC con el medio ambiente y la sostenibilidad y favorecer el relevo generacional.