El Gobierno actualiza la normativa de higiene del lácteo y de subproductos animales no destinados al consumo

EUROPA PRESS 03/03/2017 14:41

En concreto, la nueva norma suprime la exigencia de análisis no recogidos en la normativa de la Unión Europea, o que no afectan a la leche de oveja y cabra. Esto se aplica a los establecimientos en que se elaboran productos lácteos a partir de leche cruda o pasteurizada de cabra, oveja, vaca o sus mezclas, procedente del ganado propio, o de explotaciones situadas en un radio máximo de 50 kilómetros.

El Real Decreto también establece que el total de leche utilizada para la elaboración de estos productos lácteos no podrá superar los 500.000 kilos/año. De esta manera, se equipara la normativa española a la existente en países del entorno como Francia, todo ello sin merma de las necesarias garantías sanitarias en la producción de quesos.

Por otro lado, la norma simplifica el régimen de convocatorias de la comisión nacional de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano, que es el órgano de coordinación técnica Estado-comunidades autónomas y elimina el carácter transitorio de su disposición sobre recogida, transporte y eliminación de determinados subproductos animales no destinados a consumo humano, por métodos distintos de la incineración o el enterramiento 'in situ'.