Bruselas propone normas para incorporar las exigencias de capital de Basilea III a la legislación europea

EUROPA PRESS 23/11/2016 13:09

Estas reglas modifican concretamente el reglamento y la directiva sobre requisitos de capital, adoptada en 2013, así como la directiva de reestructuración y resolución bancaria y el reglamento sobre el mecanismo único de resolución, aprobadas en 2014. Así, incorporan aspectos acordados por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (Basilea III) y por el Consejo de Estabilidad Financiera.

El vicepresidente de la Comisión Europea para el Euro, Valdis Dombrovskis, ha resaltado en rueda de prensa que "Europa necesita un sector bancario fuerte y diverso" para financiar a la economía real. "Hoy, presentamos propuestas para reducir los riesgos que se basan en los estándares internacionales acordados y a la vez tienen en cuenta las especificidades del sector bancario europeo", ha expresado.

Una de las medidas es la exigencia a los bancos sistémicos de un nivel mínimo de capacidad de absorción de pérdidas (TLAC por sus siglas en inglés) para asegurar que en casos de reestructuración del banco no se ponen en riesgo los fondos de los contribuyentes y ésta se produce mediante un rescate interno o 'bail in'.

En concreto, el estándar internacional acordado por el G-20 para la resolución de entidades sitémicas establece que serán los pasivos subordinados e instrumentos de capital regulatorio los que asuman pérdidas, en lugar de otros productos como derivados u obligaciones fiscales.

Así, Bruselas propone un enfoque armonizado en toda la UE dentro de los actuales requisitos mínimos armonizados de fondos propios y pasivos admisibles (MREL), mediante el cual los bancos podrán emitir deuda no garantizada, que situará justo por debajo de deuda y otras obligaciones senior en el momento de absorber pérdidas.

Estas exigencias específicas para grandes bancos, no se aplicará a aquellas entidades que no están consideradas como sistémicas, aunque la legislación europea actual ya introduce un estándar mínimo para todos los bancos. De los bancos españoles, sólo el Banco Santander forma parte de la lista de entidades de importancia sistémica.

Con respecto a entidades de terceros países con una actividad importante dentro de la UE, Bruselas plantea exigir la creación de una entidad única en el bloque comunitario. Esta obligación sólo se impondrá a grupos no europeos identificados como sistémicos o a aquellas entidades con activos de más de 30.000 millones de euros.

RATIO DE APALANCAMIENTO

Por otro lado, el Ejecutivo comunitario ha presentado una propuesta para introducir un ratio de apalancamiento mínimo y obligatorio del 3% para todas las entidades financieras, en línea con las reglas de Basilea III. Este ratio es el cociente entre el capital formado por las acciones y los resultados acumulados (Tier 1) y las deudas del banco sin ponderar por su riesgo.

El objetivo de la Comisión Europea es reducir el "excesivo" apalancamiento de los bancos y sus efectos negativos sobre la estabilidad financiera global. Según destaca Bruselas en un comunicado, la crisis financiera puso de manifiesto que las instituciones de crédito y las firmas de inversión estaban demasiado endeudadas en relación a sus activos.

Asimismo, Bruselas traspone a la legislación europea la obligación de introducir un coeficiente obligatorio de financiación estable neta (NSFR por sus siglas en inglés), mediante el cual se exigirá a las entidades de crédito y a las firmas de inversión que financien sus actividades a largo plazo con fuentes estables de financiación.

Este requisito también forma parte de las reglas de Basilea III y se pactó para evitar que, como en el periodo anterior a la crisis, el crecimiento de los activos a largo plazo de los bancos no fuera acompañado por un incremento similar de fuentes sostenibles de financiación.