El Supremo absuelve a un hombre de abuso porque la menor tenía "absoluta libertad" para decidir

CNN+/Cuatro 09/08/2009 14:23

El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre de origen moldavo de 28 años de un delito continuado de agresión sexual que, según la Audiencia Provincial de Logroño, cometió sobre una joven de 15 años, hija de la persona para la que trabajaba a cambio de manutención y hospedaje en su propio domicilio. El alto tribunal argumenta su decisión alegando que la joven tenía "absoluta libertad" para decidir sobre sus relaciones sexuales.

Según la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado, Adolfo Prego, "aquí ni la edad era tan relevante, teniendo la joven 15 años y el acusado 28 años, ni la convivencia en el domicilio familiar de ella colocaba al acusado en posición de superioridad, siendo un empleado o dependiente de la familia, ni tampoco su mayor experiencia vital origina la inferioridad de la joven". El magistrado recuerda también que, según el código penal, un menor puede mantener relaciones sexuales consentidas desde los trece años.

Condenado por agresión sexual continuada

La Audiencia Provincial de Logroño, el 19 de noviembre de 2007, condenó a 12 años y medio de cárcel a I.S. por un delito de agresión sexual continuado. Los hechos se remontan a la primavera de 2005 cuando el recurrente, entonces de 28 años, de origen moldavo y con una orden de expulsión pendiente por su situación irregular en España, acudió a buscar trabajo.

Lo encontró en el domicilio de L.M.B en la localidad de Santa Coloma (La Rioja) donde éste vivía con su mujer y su hija. El recurrente comenzó a trabajar para él a cambio del hospedaje y la manutención.

Aprovechándose de esta circunstancia, de la convivencia bajo el mismo techo de la menor, mantuvo relaciones sexuales con ella al menos en cinco ocasiones y en todos ellos hubo penetración vaginal.