Vivienda

Si vives de alquiler, estos gastos no te corresponden legalmente: lo que puedes reclamar

El IBI o los gastos de comunidad no son responsabilidad del inquilino. Freepik
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Vivir de alquiler es una de las opciones más comunes en España, sobre todo en las grandes ciudades donde adquirir una vivienda en propiedad se ha vuelto cada vez más difícil. No obstante, alquilar una casa conlleva una serie de derechos y obligaciones que no siempre están claras, especialmente cuando se trata de los gastos asociados al contrato de arrendamiento. Muchos inquilinos, por desconocimiento o por presión del arrendador, acaban asumiendo pagos que legalmente no les corresponden: desde gastos de comunidad hasta seguros o comisiones de agencia.

Esta situación se repite con más frecuencia de lo que pensamos, provocando un desequilibrio entre ambas partes. Las reformas legislativas recientes, como la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en 2023, han introducido cambios importantes que refuerzan los derechos de los arrendatarios. Pero, siguen existiendo zonas grises y prácticas abusivas que conviene conocer para no caer en ellas.

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Gastos de gestión inmobiliaria siempre a cargo del arrendador

Desde la reforma de mayo de 2023, el artículo 20 de la LAU establece que los gastos de intermediación o formalización del contrato deben correr total y exclusivamente a cuenta del arrendador, da igual si es persona física o jurídica. Esto incluye los famosos honorarios a inmobiliarias que tenían que pagar los inquilinos, las notarías y gestorías. No es legal que se cargue al arrendatario ningún coste por esto, si el contrato lo contempla, es posible reclamar el importe, aunque ya se haya pagado.

Gastos de comunidad, IBI y basuras, solo si están especificados

La LAU permite que el casero pueda repercutir al inquilino ciertos gastos de comunidad, IBI o basuras, pero solo si cumple dos condiciones estrictas: la primera es que este pacto ha de estar por escrito en el contrato, y que debe detallarse el importe anual a la fecha del contrato, no una cláusula genérica.

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En caso contrario, el inquilino va a tener derecho a no pagarlos. Además, si no aparece ninguna cláusula en el contrato, la responsabilidad va a caer en el arrendador.

Varios tribunales han considerado nulas cláusulas del tipo “paga la comunidad” sin especificar importe anual en relación a lo estipulado en el artículo 20 de la LAU. Salvo en VPO (Viviendas de Protección Oficial), un contrato genérico no puede obligar a abonar estos gastos. Aunque el casero insista en ello, esa cláusula puede ser recurrida y reclamar lo que se pagó.

Reparaciones y mantenimiento

Según el artículo 21 de la LAU, el casero está obligado a mantener la vivienda habitable con las reparaciones necesarias, sin poder elevar la renta por ello. En cambio, el inquilino solo debe hacerse cargo de pequeñas reparaciones por uso ordinario, normalmente inferiores a 150 euros.

En este sentido, no corresponde al inquilino pagar elementos como la caldera, averías estructurales, grietas o arreglos derivados del paso del tiempo. Si en el contrato se obligase a pagar, esa cláusula se consideraría absolutamente nula.

Seguros de impago o responsabilidad

Algunos caseros incluyen seguros de impago o responsabilidad civil reflejados como obligatorios para el inquilino. No obstante, estos gastos pueden declararse abusivos o nulos si el seguro beneficia principalmente al propietario. Hay sentencias recientes que así lo han considerado, al entender que rompían el principio de equidad contractual. Si como arrendatario se está pagando un seguro relacionado con la casa, se puede reclamar por la vía judicial o ante el Banco de España.

Cómo actuar si exigen gastos indebidos

Si se detecta que el casero o inmobiliaria están exigiendo pagar conceptos que no corresponden legalmente como inquilino, es esencial actuar con rapidez. Existen pasos claros y recursos legales para proteger al arrendatario ante este tipo de abusos.

Revisar el contrato y recopilar pruebas

Lo primero que se debe hacer es leer determinadamente el contrato de arrendamiento. Aunque algunas cláusulas puedan estar redactadas con ambigüedad, la legislación vigente se impone sobre cualquier disposición contractual abusiva.

Consultar la legislación aplicable

La Ley de Arrendamientos Urbanos, junto con el Código Civil y las reformas más recientes, establecen cuáles son los gastos obligatorios del inquilino y cuáles no. Conocer bien estas normas dará argumentos sólidos al arrendatario para responder de forma fundamentada al casero.

Dirigirse al casero por escrito

En estos casos, cuando están reclamando gastos que no son competencia del inquilino, se recomienda comunicarse por escrito, ya sea correo electrónico o burofax, con el propietario o la inmobiliaria. En este mensaje, se debe exponer de manera clara y educada: qué gastos se consideran indebidos, qué artículos legales respaldan al inquilino, la solicitud de reembolso o de corrección inmediata y que, de no resolverse, se está dispuesto a iniciar los trámites legales que correspondan.

Por lo general, esta vía suele ser suficiente para que muchos propietarios entren en razón.

Cuando el conflicto continúa, se recomienda acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de la localidad que corresponda para obtener asesoramiento gratuito o mediación. También existen asociaciones de inquilinos que pueden ser de mucha utilidad. Si sigue sin solucionarse, se tendrá que recurrir a la vía judicial.