Dicha autorización es necesaria por aplicación, tanto del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOESPF), como del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). El País Vasco incumplió la regla de gasto del ejercicio 2016.
La Comunidad Autónoma del País Vasco deberá supeditar las operaciones de endeudamiento que formalice en ejecución de esta autorización al cumplimiento del objetivo de deuda para el año 2018, fijado por acuerdo del Consejo de Ministros del 28 de julio de 2017.