El sindicato ha informado de que la sentencia determina que esta trabajadora, que prestaba sus servicios a la Conselleria de Enseñanza de la Generalitat, reciba una indemnización de 20 días por año trabajado tras la finalización de su contrato laboral de interinidad.
Para esta sentencia, UGT ha indicado que el Juzgado ha aplicado la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconoce que los trabajadores temporales deben tener la misma indemnización que el personal con un contrato indefinido.