Estrasburgo condena a una empresa por espiar el correo de un empleado sin avisarle
Noticias Cuatro
05/09/201711:43 h.El Tribunal de los Derechos Humans de Estrasburgo (TEDH) en su sentencia ha determinado que las autoridades rumanas "no han protegido correctamente" el derecho del demandante al respeto de su vida privada y de su correspondencia.
El caso fue presentado por un empleado rumano, identificado como Bogdan Bărbulescu, cuando trabajaba como comercial en una empresa del país, según ha publicado The Guardian.
El trabajador fue despedido por usar las cuentas profesionales para intercambiar mensajes con su hermano y su novia.
En la sentencia del caso, que se remonta al 2007, explica que las empresas pueden espiar las comunicaciones de sus empleados en sus cuentas profesionales, sea Facebook, WhatsApp y otras de correo electrónico, siempre que estos hayan sido avisados.
El TEDH ahora ha rectificado su decisión, que incialmente fue mal interpretada como el derecho a las empresas a espíar las actividades de sus empleados durante la joranda laboral.
En su sentencia han considerado la dificultad de establecer barreras entre el trabajo y el tiempo libre con las nuevas tecnologías en las que las fronteras están cada vez más difuminadas.
Rumanía deberá pagar Bogdan Bărbulescu 1.365 euros por gastos y honorarios.